29 de diciembre de 1992

Subsidio al Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales

SUBSIDIOS

Decreto 2692/92

Otórgase un subsidio al Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales.

Bs. As., 29/12/92

VISTO lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 4362/55, y

CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO ARGENTINO PARA LAS RELACIONES INTERNACIONALES tiene por objeto fundamental estimular el estudio y análisis de los problemas internacionales desde un enfoque nacional; promover las relaciones con los países de la comunidad internacional en el campo político, económico y cultural, tanto con el sector público como con las instituciones y empresas del sector privado; acercar al país figuras significativas del escenario internacional, economistas y hombres de negocios extranjeros para aproximarlos con los medios académicos y empresarios argentinos; y finalmente, construir un órgano adecuado de la sociedad para que, superando los vaivenes propios de la política nacional, promueva en todo el tiempo la presencia argentina en el mundo.

Que la labor realizada por el CONSEJO ARGENTINO PARA LAS RELACIONES INTERNACIONALES, a lo largo de sus CATORCE (14) años de vida, ha congregado a los argentinos más conspicuos y representativos de las diversas corrientes del pensamiento político y social -en cargos públicos relevantes y funciones diplomáticas, académicas y empresarias- interesados en los problemas del país en el orden internacional. Estas personalidades poseen un caudal de experiencia decantada y diversa que la vuelcan en una labor fecunda y beneficiosa para la obra de conservar, aumentar y defender la imagen nacional en el exterior.

Que la presencia del CONSEJO ARGENTINO PARA LAS RELACIONES INTERNACIONALES en los foros Internacionales hizo que la SECRETARIA GENERAL de las NACIONES UNIDAS lo reconociera como "Organización No Gubernamental" de singular prestigio y le otorgara, el 19 de septiembre de 1989, la distinción del organismo "Mensajero de la Paz".

Que el actual Gobierno de la Nación, auspicia todo lo que signifique enaltecer en el país y en el extranjero, el prestigio de la vida política, económica y cultural Argentina.

Que el CONSEJO ARGENTINO PARA LAS RELACIONES INTERNACIONALES es una asociación civil sin fines de lucro y con su correspondiente personería jurídica que merece, sin desmedro alguno de su libertad económica, el apoyo financiero del Estado.

Que de acuerdo a la labor que desarrolla y sus características propias, merece igual tratamiento que las Academias Nacionales, ya que por su propia existencia y libre actividad son el signo más alto del grado de cultura de nuestro país y constituyen el órgano adecuado para la manifestación, progreso y acrecentamiento de las ciencias, las artes y las letras.

Que inspira al Gobierno actual, auspiciar a aquellas instituciones que coincidan con el espíritu que surge de los considerandos del Decreto-Ley Nº 4362 del 15 de diciembre de 1955.

Que el presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto-Ley Nº 4362/55 y el Artículo 86 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 7 de la Ley Nº 24.061.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - Otórgase un subsidio de $ 300.000 (trescientos mil pesos) al Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales.

Art. 2º - Como consecuencia de lo manifestado en el articulo anterior, modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1992 de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 3º - La contribución prevista será administrada directamente por el CONSEJO ARGENTINO PARA LAS RELACIONES INTERNACIONALES de acuerdo a sus propias normas estatutarias y su autonomía académica, debiendo rendir cuenta de la misma según las normas vigentes.

Art. 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Domingo F. Cavallo. - Guido Di Tella.

NOTA: Este Decreto se publica sin Planillas Anexas.